Cambiar y adaptar el horario para conciliar la vida laboral y familiar es algo que cada vez solicitan más trabajadores. Hasta 2019, la única forma de hacer esto era solicitando una reducción de jornada por el cuidado de un hijo o familiar, con una consecuente reducción del salario. Pero, con la llegada del 2020 y la pandemia que lo acompañó, el teletrabajo comenzó a instaurarse en muchas empresas que hasta entonces no lo concebían.
Aunque el teletrabajo no era algo nuevo, por causas de fuerza mayor, este comenzó a incrementarse en España. El porcentaje de ocupados que trabajaban más de la mitad de los días desde su domicilio pasó del 4,8% en 2019 a 10,8% tras la irrupción de la pandemia. En 2021 descendió hasta situarse en el 9,5%, según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE).
A pesar de este pequeño descenso, el teletrabajo ha aumentado en todos los grupos de edad respecto a 2019, pero ahora es superior entre las personas de 35 a 44 años. Esto no es casualidad, pues el teletrabajo se presenta como una buena opción para la conciliación familiar y este grupo de edad coincide con las personas que están comenzando a formar una familia y tienen hijos que cuidar.
Leyes y regulación del teletrabajo para la conciliación familiar
En septiembre de 2021, el Gobierno aprobó la primera Ley del Teletrabajo en España. Esta establece que el trabajo a distancia será voluntario, reversible, tendrá que formalizarse por escrito entre el empleado y el empleador y los gastos deberán ser sufragados por la empresa. Además, para que un trabajador pueda acogerse a esta normativa, deberá realizar a distancia un 30% de su jornada semanal en un periodo de referencia de tres meses.
Todo esto quiere decir que la empresa no puede obligar a teletrabajar al empleado, igual que el empleado no puede obligar a la empresa a concederle este derecho. Sin embargo, este último sí puede solicitarlo para intentar llegar a un acuerdo mutuo.
Esta ley fija igualdad de trato y no discriminación a aquellos que se acojan a esta medida. Así, tal y como explica la ley, “las personas que realizan trabajo a distancia tienen los mismos derechos que las personas trabajadoras presenciales en materia de conciliación y corresponsabilidad, incluyendo el derecho de adaptación a la jornada establecido en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, a fin de que el trabajo no interfiera con la vida personal y familiar”.
En la actualidad, ya existen dos sentencias judiciales en España que han obligado a dos compañías a conceder el teletrabajo a dos trabajadoras que lo solicitaron y no se lo aprobaron. En su momento, ambas tenían hijos menores de 12 años y, según la ley, “las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que los hijos o hijas cumplen doce años”. Además, ya habían teletrabajado durante la pandemia y su rendimiento no había bajado durante este periodo. Por lo que los jueces consideraron que no existían argumentos de peso para negarles el trabajo a distancia.
Estos casos se acogieron al apartado 8 del artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores: “Las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral”.
¿Cómo se puede promover la conciliación familiar en el ámbito empresarial?
Es importante comprender que cuidar de las personas es cuidar de la compañía. Y ese bienestar pasa por garantizar la conciliación de la vida personal y laboral de los trabajadores.
Uno de los principales factores que favorecen esa conciliación es contar con un empleo de calidad, con contrato indefinido, y con beneficios como seguros de salud o planes de pensiones. A eso se añaden las medidas de flexibilidad como teletrabajo, excendencias, reducciones de jornada y ayudas a mayores dependientes para apoyar el cuidado de la familia.
Asimismo, aunque los siguientes puntos no se suelen relacionar tanto con la conciliación familiar, también son igual de importantes: formación profesional, programas de voluntariado o coaching. Estos pueden ayudar a crecer al empleado profesional y personalmente.
Además, con el objetivo de facilitar soluciones en los días o periodos de vacaciones en lo que los empleados tienen que trabajar y necesitan conciliar su vida laboral y familiar, las empresas también ofrecen programas de “días sin cole” y campamentos como alternativa al ocio de los hijos.
Por último, también existe el derecho a la desconexión digital, ante el riesgo de que el impacto de la tecnología y su influencia en las nuevas formas de trabajo existentes puedan interferir en la conciliación personal y profesional de las personas.