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Qué es el IVA de la luz

Una buena parte de lo que pagas en tu factura de la luz son impuestos, en concreto: el IVA y el impuesto especial sobre la electricidad.

Además de los impuestos que sí aparecen en la factura, existen componentes regulados que no son tributos, pero que influyen en el precio final de la energía. Estos componentes sirven para cubrir los costes del sistema eléctrico, como la generación, el transporte y la distribución, y forman parte del precio que pagamos por la luz.
 

Cuánto es el IVA de la luz en 2026

El IVA es el Impuesto al Valor Añadido. Se trata de una carga fiscal sobre el consumo que existe en muchos países, entre ellos, España. Constituye la base del sistema español de imposición indirecta. Se empezó a aplicar en 1986 y se reformó en 1992 para adaptarse al mercado único europeo.

¿Cuál es el IVA de la luz?

A partir del 1 de junio de 2026, el IVA aplicado a la electricidad volverá al tipo general del 21%. Cabe recordar que las comercializadoras no obtienen ningún beneficio, actúan como recaudadores de los impuestos establecidos por la Administración.

 

Los diferentes tipos de IVA

El IVA en nuestro país se articula en cuatro tipos impositivos, aplicando uno u otro en función del producto o servicio que se facture:

  • IVA general: se trata de un gravamen al 21%. En esta categoría se sitúan la mayor parte de los productos y servicios.
  • IVA reducido: 10%.
  • IVA superreducido: 4%.
  • IVA 0%

Este porcentaje del 21% a aplicar sobre el consumo de electricidad, sitúa a España entre los países de la Unión Europea con el IVA más alto en el consumo de electricidad, solo por debajo de Hungría (27[SC1] %), Dinamarca (25%), Croacia (25%) y Suecia (25%). En el otro extremo, encontramos a Grecia (6%), el Reino Unido (5% para consumidores domésticos), Malta (5%), Italia (10%), Irlanda (13,5%) y Luxemburgo (8%). Portugal, por su parte, aplica un 6% para los primeros 100 kWh de consumo y eleva el impuesto al 23% a partir de ese umbral.

En Francia se aplican dos tipos: el reducido del 5,5% para la parte fija de las facturas (cuota de enganche y suscripción) y el general del 20% para la parte variable (el consumo).

En la Unión Europea, la comparación del IVA sobre la electricidad requiere distinguir entre el tipo general de IVA y el tipo aplicado específicamente a la factura eléctrica. España tiene un tipo general del 21%, pero desde marzo de 2026 aplica temporalmente un IVA reducido del 10% a determinados contratos eléctricos domésticos, por lo que no puede situarse actualmente entre los países con mayor IVA eléctrico sin matizar el periodo y el tipo de contrato. Entre los tipos generales más altos de la UE figuran Hungría (27%), Finlandia (25,5%), Dinamarca, Suecia y Croacia (25%), aunque en Croacia la electricidad tributa al 13%. En el extremo bajo se encuentran países con tipos reducidos aplicables a la electricidad como Malta (5%), Grecia (6%), Italia (10%) o Irlanda (9%). Portugal aplica el 6% a los primeros 200 kWh de consumo mensual (300 kWh para familias numerosas) en contratos hasta 6,9 kVA, y el 23% al resto. Francia, por su parte, eliminó desde agosto de 2025 el tipo reducido del 5,5% sobre la parte fija de la factura, pasando a aplicar el 20% también a la suscripción.


Qué ha cambiado en el IVA de la luz en los últimos años (2021–2026)

  • 2021: A mediados de este año, el Gobierno redujo el IVA de la electricidad del 21% al 10% de manera temporal, como medida de urgencia para aliviar el impacto del fuerte aumento de los precios de la energía.
  • 2022: A mediados de este año, se redujo de nuevo el tipo impositivo pasando a ser del 5%.
  • 2023: se mantuvo la reducción del IVA al 5%
  • 2024: el IVA sube al 10%
  • 2025: desde el 1 de enero de 2025, el IVA aplicado a la electricidad volvió al tipo general del 21%, tras finalizar las medidas extraordinarias de reducción.
  • 2026: en marzo, el Gobierno aprobó una nueva bajada temporal al 10%, dentro del Plan Integral de Respuesta a la Crisis de Oriente Medio, que también incluía la reducción del tipo general del impuesto Especial sobre la Electricidad del 5,11269632% al 0,5% y la suspensión temporal del impuesto a la producción eléctrica. El decreto incluía una cláusula de revisión automática: si en abril el IPC de la electricidad no superaba en más de un 15% el del mismo mes del año anterior, las rebajas fiscales dejarían de aplicarse en junio. Esa condición se ha cumplido, y a partir del 1 de junio de 2026 el IVA vuelve al 21%. Y el tipo general del impuesto especial sobre la electricidad vuelve al 5,11269632%


Cómo se calcula el IVA en una factura de la luz (ejemplo real)

Paso 1: Base imponible La base imponible se calcula sumando el coste de la potencia y el coste de la energía consumida. Los costes de los conceptos regulados están incluidos dentro de esos precios. Este importe es el que sirve de referencia para aplicar los impuestos.

Paso 2: Aplicación del impuesto eléctrico Sobre esa base imponible se aplica primero el impuesto especial sobre la electricidad, que es del 5,11269632% (tipo general desde el 1 de junio de 2026). Este impuesto se añade al importe bruto antes de calcular el IVA.

Paso 3: Aplicación del IVA Una vez sumado el impuesto eléctrico, se aplica el IVA al 21% (tipo general vigente desde el 1 de junio de 2026). El IVA se calcula sobre el total anterior, es decir, incluye la potencia, la energía, los peajes, los cargos y el impuesto eléctrico.

Paso 4: Total final El resultado es el importe total de la factura, que corresponde a la suma de la base imponible, el impuesto eléctrico y el IVA. 


A qué partes de la factura se aplica el IVA

Pongamos un ejemplo práctico de un consumidor doméstico con una factura mensual de 50€ antes de impuestos y que tiene contratado un servicio con un coste mensual de 2,70€ antes de impuestos:

  • Importe bruto (potencia + energía + peajes + cargos): 50€
  • Impuesto sobre la electricidad al 5,11269632%: 2,56€
  • Servicio: 2,70€
  • IVA al 21%: 11,61€
  • Total factura con IVA: 66,87€

De esta forma, el IVA incrementa directamente el coste final que paga el consumidor.

Este cálculo es orientativo y puede variar según el consumo, la tarifa contratada y los conceptos regulados aplicables en cada caso.


¿Se puede reducir el IVA de la luz?

El IVA de la electricidad está fijado por ley y, a partir de 1 de junio de 2026, se aplica el tipo general del 21%. Las compañías eléctricas no tienen capacidad para modificarlo, ya que se trata de un impuesto estatal.

En el pasado, el Gobierno ha recurrido en varias ocasiones a rebajas temporales para aliviar el impacto de la subida de precios, como ocurrió en 2021 o en marzo de 2026. Esas reducciones son siempre medidas excepcionales que dependen exclusivamente de una decisión política.

De cara al segundo semestre de 2026, el IVA vuelve al 21% y no hay medidas anunciadas para reducirlo. Lo que sí está en tu mano es aprovechar ventajas como el programa Trae un Amigo de Endesa, con el que puedes ganar hasta 500€ por recomendar la compañía a tus contactos.

 

IVA en las facturas del gas

A partir del 1 de junio de 2026, el IVA en los consumos de gas natural vuelven a tributar al 21% de IVA, tras el fin de las reducciones temporales aprobadas en marzo.

  • Gas natural: también tributa al 21%, aplicado sobre el consumo y los costes regulados.
  • Excepciones regionales: en Canarias no se aplica IVA, sino el IGIC, con tipos reducidos: 3% sobre el término variable del gas y 7% sobre otros conceptos de la factura.

El impacto en la factura depende de cada caso: en la electricidad el IVA se aplica sobre todos los conceptos del recibo, mientras que en el gas afecta directamente al consumo y los costes regulados .

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