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¿Qué documentación necesitas para tramitar tu instalación de autoconsumo eléctrico?

Los trámites y la documentación necesaria para poder sumarte al autoconsumo eléctrico se han simplificado bastante con los últimos cambios en la normativa.

Te explicamos todo el procedimiento para evitar gastos innecesarios y no incurrir en problemas administrativos que podrían derivar en retrasos en su puesta en marcha.

 

Tipos de instalación instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo

Uno de los factores que más van a influir en el tipo de documentos que necesitamos, para la tramitación de sistemas de autoconsumo eléctrico es el tamaño y el tipo de instalación:

  • Instalaciones domésticas para autoconsumo particular, sin vertido de excedentes a la red.
  • Instalaciones domésticas con vertido de excedente de electricidad.
  • Sistemas de autoconsumo fotovoltaico compartido entre varios consumidores.

La documentación y los trámites necesarios para el autoconsumo también dependerán de la potencia en kW que sea capaz de generar nuestra instalación de autoconsumo. Para potencias menores a los 10kW los trámites se simplifican bastante: es el caso más habitual para instalaciones domésticas y en el que nos vamos a centrar.

 

Documentación para instalaciones de autoconsumo de menos de 10kW

Hay dos fases en la presentación de los documentos: una fase previa a la instalación del sistema de autoconsumo y otra posterior. En Endesa te mostramos las ventajas y los requisitos de las instalaciones de autoconsumo fotovoltaico.

Documentos previos a la instalación del sistema fotovoltaico:

Documento Dónde solicitarlo
Permiso de obra Ayuntamiento
Autorización ambiental Consejería de la Comunidad Autónoma
Código de autoconsumo* (CAU)
Compañía distribuidora de luz

*En el caso de que tu instalación esté en suelo no urbanizado, tendrás que pedir el permiso de acceso y conexión. En ese caso la distribuidora te facilitará el CAU al realizar dicho trámite.

Documentación necesaria tras la instalación de autoconsumo:

Documentos Dónde solicitarlo
Licencia de actividad
Ayuntamiento
Certificado de Instalación Eléctrica
Consejería de la Comunidad Autónoma
Acuerdo de reparto (para autoconsumos compartidos)
Ver Anexo V. Modelos de documentación de la Guía de Autoconsumo del IDAE
Alta o modificación del contrato de suministro y el de acceso y conexión Compañía Eléctrica comercializadora
Contrato de Compensación de Excedentes entre productor y consumidor asociado

Desde Endesa hemos lanzado un programa de ayuda y asesoramiento para aquellos usuarios que estén interesados en invertir en una instalación de autoconsumo mediante placas solares.

Nosotros nos encargamos de realizar toda la documentación y los trámites necesarios para la instalación y la puesta en marcha tu sistema de autoconsumo eléctrico.

Documentación necesaria para contratar autoconsumo. La información se presenta textualmente en el contenido de la página.

Trámites paso a paso para la instalación de autoconsumo

Permiso de obra y autorización ambiental:

A la hora de realizar cualquier instalación de placas solares o sistemas de autoconsumo eléctrico es necesario realizar los trámites y presentar correctamente esta documentación tanto al Ayuntamiento como al gobierno autonómico.

Las instalaciones de autoconsumo deberán solicitar permiso de obras según la normativa municipal vigente en el emplazamiento elegido: la normativa municipal definirá si es suficiente realizar una declaración responsable de obra y/o una comunicación previa de obra.

Las instalaciones en autoconsumo con excedentes y con potencia menor de 100 kW no deberían requerir trámites de impacto ambiental ni de utilidad pública, salvo en los casos en que el emplazamiento se encuentre bajo alguna figura de protección.

 

Código de autoconsumo (CAU):

El código de autoconsumo servirá para identificar la instalación de autoconsumo, pues relaciona todos los puntos de consumo y de generación asociados a la misma. Se trata de código numérico que identifica tu instalación y lo facilita por la distribuidora de energía eléctrica, a ti o a tu representante (instalador, promotor de la instalación de auto consumo).

Este número deberá aportarse a la administración autonómica en el momento de tramitar la instalación de autoconsumo.

 

Adaptación del contrato de acceso con la compañía distribuidora:

Para finalizar, cuando recibas nuestra carta con los datos proporcionados por tu CCAA sobre tu instalación de autoconsumo, en el plazo de 10 días hábiles deberás confirmar que son correctos y contratar el producto que mejor se adapte a tus necesidades. A su vez, nosotros realizaremos el trámite con la distribuidora para modificar tu contrato de acceso de forma que refleje la modalidad de autoconsumo a la que te acoges y cumplir así con la normativa vigente.

 

Certificado de instalación eléctrica:

El Certificado de Instalación Eléctrica o CIE, es un documento que certifica la seguridad y buen estado de la instalación de autoconsumo. Esta documentación es necesaria para dar de alta o modificar tu contrato de suministro eléctrico para adaptarlo a la modalidad de autoconsumo eléctrico a la que te hayas acogido.

 

Características del Certificado de Instalación Eléctrica (C.I.E)

El C.I.E recoge todas las características de la instalación eléctrica.

  • Número de registro y número de expediente.
  • Datos del titular de la instalación: nombre, DNI, domicilio y código postal.
  • Datos de la instalación: emplazamiento, localidad, tipo de instalación, uso al que se destina y superficie en m2.
  • Las características generales de la instalación: protección, alimentación, potencia prevista o instalada, aislamiento, tipo de suministro y la tensión del mismo.
  • Y la verificación e inspección de la instalación: nombre del director de obra, número de colegiado, organismo de control autorizado que ha realizado la inspección, instalador autorizado y titular del certificado de cualificación Individual (CCI).

El C.I.E debe presentarse debidamente firmado por el titular del CCI y el sello del Instalador Autorizado.

Contrato de Compensación de Excedentes

Lo suscriben el productor y el consumidor asociado acogidos a la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a compensación, para el establecimiento de un mecanismo de compensación simplificada entre los déficits de sus consumos y la totalidad de los excedentes de sus instalaciones de generación asociadas. Esto es algo esencial para realizar los trámites de instalación fotovoltaica de autoconsumo.

El contrato de compensación de excedentes de los sujetos que realicen autoconsumo colectivo utilizará los criterios de reparto. No será necesario presentarlo en caso de autoconsumo colectivo sin excedentes, bastará con presentar a la comercializadora un acuerdo de reparto.

 

Características del Contrato de Compensación de Excedentes

Este documento reúne:

  • Al productor de energía eléctrica: nombre de la empresa y NIF.
  • Al titular de la instalación de producción de energía eléctrica de la modalidad con excedentes acogida a compensación (de ahora en adelante el productor): número de CIL de la instalación de generación, dirección completa.
  • Y al titular del contrato (de ahora en adelante el consumidor): número de CUPS del contrato de suministro y dirección completa.

Se caracteriza por mantener el acuerdo entre las partes mediante unas cláusulas, estipuladas previamente.

Deberá estar firmado por el productor asociado (que responderá como titular de la instalación) y el consumidor asociado (el consumidor final del punto de suministro).

 

Acuerdo de reparto

En el caso de que formes parte de un autoconsumo colectivo, todos los consumidores participantes que se encuentren asociados a la misma instalación de generación deberán pertenecer a la misma modalidad de autoconsumo y acordar el sistema de reparto de la energía que produzca la instalación de autoconsumo. Todo lo anterior se reflejará en dos documentos:

  • Acuerdo de reparto: firmado por todos los consumidores asociados.
  • Fichero de coeficientes de reparto: existe la posibilidad de que el reparto de la generación se haga según unos coeficientes que pueden ser estáticos (fijos a lo largo del año) o dinámicos (variables en cada hora del año). Para mayor información sobre cómo presentar el fichero, consultar la Orden TED 1247/2019.

Como consumidor asociado, deberás contactar con la empresa comercializadora y enviar sendos documentos, además del CIE de la instalación, para que proceda a la adaptación de tu contrato de suministro.

Puedes encontrar un modelo de este acuerdo en la Guía de Autoconsumo del IDAE.

 

Características de un Acuerdo de Reparto

El acuerdo de reparto de energía de autoconsumo colectivo parta instalaciones con excedentes acogidas a compensación, recoge la asociación a la instalación de autoconsumo de los distintos consumidores.

Se caracteriza por:

  • Incluir el Código de Autoconsumo (CAU) de la instalación.
  • El NIF, el CUPS y el Coeficiente de Reparto de cada consumidor asociado (titular de cada suministro). El valor de estos coeficientes podrá determinarse en función de la potencia a facturar de cada uno de los consumidores asociados participantes en el acuerdo, de la aportación económica para la instalación de generación o de cualquier otro criterio siempre que exista un acuerdo firmado por todos los participantes y siempre que la suma de todos los coeficientes de los consumidores que participan sea la unidad para cada hora del período de facturación.
  • El NIF, el CIL y el Coeficiente del titular de la instalación de generación. Si existen varios productores con instalaciones de generación asociadas al autoconsumo, completar para cada uno de ellos.

El documento deberá estar firmado por todos los consumidores y productores asociados.

 

Documentación y trámites necesarios para el autoconsumo por CC.AA.

Existen ligeras diferencias en la documentación requerida para solicitar el autoconsumo eléctrico dependiendo de la comunidad autónoma donde nos encontremos:

 

Documentación requerida por la distribución en función del territorio

Comunidad Autónoma Requisitos de instalación

Cataluña

Sin documentación en los autoconsumos individuales.

Baleares

CIE de generación y Justificante de Inscripción en el Registro de Autoconsumo

Aragón, Canarias, Andalucía y Extremadura

CIE de generación sellado

Resto CC.AA.

CIE de generación

Vivas donde vivas, gestionamos todos los trámites y documentación por ti. Empieza a disfrutar del autoconsumo eléctrico mejorando el medio ambiente y ahorrando en tu factura:

He presentado la documentación en mi Comunidad Autónoma, ¿tengo que volver a enviarla a Endesa?

Sí, pero existe una manera de evitar este doble envío y despreocuparse. Si nos dejas a nosotros los trámites y confías en nuestra Solución Integral nosotros nos encargaremos de todo.

 

He recibido la documentación, ¿y ahora qué hago?

Tienes que dar de alta tu instalación de autoconsumo. Para ello, entréganos la documentación necesaria y contrata Solar Simply.

Preguntas frecuentes sobre los documentos y trámites de autoconsumo

Para instalar placas solares en tu hogar necesitarás presentar cierta documentación para obtener los permisos requeridos. Hay dos fases una previa y otra posterior a la instalación:

Fase previa

  • Permiso de obra.
  • Autorización medioambiental.
  • Código de autoconsumo.

Fase posterior

  • Licencia de actividad.
  • Certificado de instalación eléctrica.
  • Acuerdo de reparto.

En Endesa nos encargamos de conseguir toda la documentación necesaria y realizar los trámites obligatorios para tu comodidad y tranquilidad.

Para dar de alta una instalación fotovoltaica, deberás contratar una tarifa de autoconsumo solar y enviar toda la documentación a tu comercializadora de referencia.

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