2 noviembre 2023

¿Están poniendo las eléctricas trabas al autoconsumo?

Las empresas distribuidoras de electricidad y el resto de agentes implicados en el autoconsumo colectivo colaboran para simplificar los trámites de instalación. 

Placas solares instaladas en una urbanización.

La abundante energía solar y el amplio parque de tejados de que disponemos en España hacen que las instalaciones fotovoltaicas para el autoconsumo sean una opción muy atractiva para la generación de energía eléctrica. Las placas solares permiten aprovechan las horas de sol, tienen un bajo coste de mantenimiento y no generan residuos, emisiones, ruidos ni radiaciones.

Esto hace que el número de instalaciones solares de autoconsumo esté creciendo exponencialmente en nuestro país. La tramitación de estas instalaciones es un procedimiento fijado por el regulador que es especialmente complejo en el caso de las instalaciones colectivas, en bloques de viviendas y en comunidades de vecinos.

En las comunidades de vecinos, la regulación prevé la implicación de hasta 7 agentes en el proceso de tramitación: el cliente, la comunidad de propietarios, el instalador, el ayuntamiento, la Comunidad Autónoma, la distribuidora y la comercializadora.

 

Los pasos para tramitar un autoconsumo colectivo

El proceso para la instalación de paneles solares en las comunidades de vecinos está regulado por el RD 244/2019. Por un lado, es necesario que la comunidad de propietarios apruebe la instalación de paneles solares en las áreas comunes y definir qué residentes participarán en el sistema de autoconsumo compartido.

Asimismo, se debe contratar a un profesional especializado para llevar a cabo la instalación de los paneles solares y encargarse de la correspondiente infraestructura eléctrica.

Por otro lado, la comunidad, cuando son instalaciones con potencia instalada de más de 15kW o en suelo no urbanizable, debe solicitar el permiso de acceso y conexión a la empresa distribuidora de energía, así como obtener las licencias necesarias del ayuntamiento. En estos casos es fundamental coordinarse con la compañía distribuidora para firmar las Condiciones Técnicas de Acceso (CTE), firmar el Contrato Técnico de Acceso (CTA) y programar una inspección de la instalación de enlace, para asegurar la seguridad de la misma.

También es preciso tramitar el Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) ante la autoridad autonómica correspondiente para legalizar la instalación.

En las comunidades de vecinos, la regulación prevé la implicación de hasta 7 agentes en el proceso de tramitación.

Por último, una vez conectada la instalación a la red, cada usuario debe, a través de su empresa comercializadora o de un gestor de autoconsumo (administrador de la finca, ESCO, comercializadora, etc.), enviar el acuerdo de reparto de la energía firmado por los vecinos y completar un archivo TXT según un formato específico proporcionado por la entidad reguladora, que muestre los coeficientes de reparto de dicho acuerdo. Este último paso puede resultar bastante engorroso, porque un simple fallo tipográfico puede invalidar el archivo.

La tramitación no es sencilla, las distribuidoras se encuentran a menudo con información incompleta que no cumple con lo que establece la regulación, o con configuraciones o instalaciones de enlace que no cumplen con los requisitos de seguridad y, en un proceso en el que intervienen diversas administraciones y agentes, los plazos se alargan. Además, el volumen de solicitudes de contratación de autoconsumo colectivo está creciendo exponencialmente.

 

Mejoras en el procedimiento

Actualmente, hay un grupo de trabajo dentro de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el que todos los agentes están proponiendo modos de agilizar la operativa entre comercializadoras y distribuidoras para poder activar más rápidamente el autoconsumo colectivo.

Nuestra filial de Redes, e-distribución, está trabajando activamente para agilizar la tramitación de los diferentes tipos de autoconsumo. En el caso de los autoconsumos individuales, propusimos al regulador que la modificación del contrato entre distribuidor y cliente (el contrato de Acceso de Terceros a la Red) se realice a los diez días de recibir la confirmación de la CCAA de que el cliente ha registrado correctamente la instalación, sin esperar a recibir la solicitud de la comercializadora, una medida que está aplicando desde el mes de junio.

Con el objetivo de agilizar la activación de los autoconsumos colectivos, desde el lunes 23 de octubre e-distribución validará una sola vez la documentación necesaria (acuerdo de reparto firmado por todos los autoconsumidores y fichero con coeficientes de reparto) cuando reciba la documentación correcta de solo uno de los participantes se activará el autoconsumo

Esto va a suponer un cambio muy relevante, ya que hasta ahora el distribuidor se veía obligado por normativa a recabar esa documentación de cada una de las comercializadoras de cada autoconsumidor, lo que suponía alargar los plazos de activación innecesariamente y, en muchas ocasiones, rechazar las solicitudes por errores al cumplimentar los documentos.

e-distribución trabaja activamente para agilizar la tramitación de los diferentes tipos de autoconsumo.

Desde el momento en el que valide esa documentación, e-distribución informará a las comercializadoras del resto de participantes de que ya pueden enviar las solicitudes de adaptación de los contratos a la modalidad de autoconsumo en un plazo de 10 días.

Cuando el contador de generación se encuentre instalado, se activarán todas las solicitudes de autoconsumo en el menor tiempo posible y con la misma fecha.

 

Más información para el cliente

Otro elemento clave para agilizar la tramitación del autoconsumo es la mejora de la información a los clientes y al resto de agentes que interactúan en el proceso. A través de la web de e-distribución se puede acceder a información sobre las diferentes modalidades de autoconsumo, los trámites para activarlo y preguntas y respuestas frecuentes que pueden servir de guía al consumidor.

Además, acaba de implantarse en la web de e-distribución un validador de ficheros TXT para autoconsumos colectivos: https://www.edistribucion.com/es/red-electrica/autoconsumo-electrico.html#validadortxt. Esta herramienta permite a los clientes de autoconsumos colectivos validar sus ficheros TXT (formato definido por el regulador y donde se definen los coeficientes de reparto). El sistema muestra los errores de formato detectados para que el cliente los pueda subsanar y presentar un documento correcto, con lo que se evitarán errores en la contratación y tener que iniciar de nuevo el proceso.

Por otro lado, para ayudar al cliente a que conozca en qué punto se encuentra su solicitud de autoconsumo, en el área privada de la web puede hacer un seguimiento en tiempo real de los trámites asociados a su solicitud desde el trámite de acceso y conexión, a la fase de inspección, el contrato técnico de acceso y la adaptación del contrato ("Smart Tracking").

También está disponible un número de teléfono (900 920 974) para atender únicamente las consultas sobre autoconsumo, facilitar la tramitación a los clientes y resolver sus dudas.

 

Las ayudas al autoconsumo

El autoconsumo es una pieza clave para lograr el objetivo europeo de reducir en un 55% sus emisiones de CO₂ para 2030. La Comisión Europea asigna fondos de ayuda a través de los Fondos Next Generation para apoyar la implementación de paneles solares.

En España, estos fondos se canalizan a través de las comunidades autónomas, y el proceso de entrega al ciudadano puede llevar alrededor de dos años. Como resultado, el cliente se enfrenta a una inversión inicial significativa, lo que representa un obstáculo para el desarrollo del autoconsumo. Sin embargo, existen otras dos formas de ayuda que están disponibles de inmediato: las reducciones en el Impuesto de Bienes Inmuebles y en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Con el fin de simplificar estos procesos, las empresas implicadas solicitaron al Ministerio de Transición Energética que estos pasos pudieran centralizarse y delegar en una única figura: el gestor de autoconsumo, tal como se había previsto en la regulación. Esta figura ha quedado recogida en la guía de autoconsumo colectivo del IDAE publicada el pasado verano.

Este gestor de autoconsumo puede ser una persona con amplios conocimientos en asuntos administrativos, como un vecino hábil en la burocracia, el propio administrador de la comunidad, una empresa de consultoría en temas energéticos o incluso una empresa suministradora de energía.

El gestor de autoconsumo se encarga de guiar al cliente a través de todos los procedimientos necesarios, desde la solicitud de acceso y conexión hasta la gestión de contratos.

De esta manera, una sola persona se encargaría de guiar al cliente a través de todos los procedimientos necesarios, desde la solicitud de acceso y conexión hasta la gestión de contratos. Así, se evita que el cliente tenga que lidiar con múltiples trámites y ventanillas.

El futuro se presenta prometedor; los procedimientos administrativos para solicitar el autoconsumo se están simplificando para agilizar los procesos y garantizar que cualquier ciudadano pueda acceder a la independencia energética sin quedar atrapado en un complicado laberinto burocrático.

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