¿Cuánto cuesta dar de alta un nuevo suministro?
Si estás buscando información sobre los costes que tienes que prever al dar de alta un nuevo suministro, estás en el lugar idóneo. A continuación, te explicaremos que costes debes tener en cuenta dependiendo de si estás dando de alta la luz o el gas.
¿Cuánto cuesta dar de alta la luz?
Los costes de activar un nuevo suministro de electricidad y de reactivar un suministro no utilizado hace más de 3 años, están recogidos en el Real Decreto 1995/2000 de 1 de diciembre y son iguales en todas partes, independientemente de la distribuidora.
Además, dichos costes están asociados a conceptos relativos a la nueva contratación y vendrán incluidos en la factura. Estos conceptos son:
- Derechos de acceso: lo tendrás que abonar al contratar un nuevo suministro o por subir la potencia de un suministro ya existente.
- Derechos de extensión: se abona al utilizar la infraestructura de la compañía distribuidora en el caso de nuevos suministros, al subir la potencia contratada o si el punto de suministro lleva sin utilizarse más de 3 años.
- Derechos de enganche: se abona en el momento en el que la instalación eléctrica se conecta a la red de suministro.
- Derechos de verificación: deberás abonarlo al llevar a cabo la revisión de la instalación.
- Depósito de garantía: según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 1955/2000, es la cantidad a entregar, en el momento de la contratación, por un importe igual a la facturación teórica mensual correspondiente a cincuenta horas de utilización de la potencia contratada.
Puede que existan otros gastos de contratación asociados a la compra e instalación de los equipos de medida, como el cobro de una fianza, tasas… En el caso de la fianza, se recuperará el importe abonado tras el pago de la última factura en el momento de baja del contrato.
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¿Cuánto cuesta dar de alta el gas?
Los costes de alta de un suministro de gas o los costes de reactivar un punto de suministro que lleva más de cinco años sin utilizarse están regulados en el Real Decreto 1434/2002 de 14 de diciembre. Dichos costes están asociados a conceptos relativos a la nueva contratación que se incluyen en la factura. Estos conceptos son:
- Derechos de acometida: lo abonas a la empresa distribuidora por instalar un nuevo punto de suministro o por subir la capacidad de uno ya existente.
- En el caso de rescisión de contrato de suministro, los derechos de acometida se mantendrán durante un período de 5 años.
- Derechos de alta: se abona al contratar el servicio de suministro de gas canalizado o al ampliar el ya existente. Estos derechos incluyen los servicios de enganche y verificación de las instalaciones.
- Depósito de garantía: según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 1955/2000, es la cantidad a entregar, en el momento de la contratación, por un importe igual a la facturación teórica mensual correspondiente a cincuenta horas de utilización de la potencia contratada.
Debes saber que, si contratas con Endesa tanto luz como gas de forma conjunta, podrás optar a descuentos y beneficios adicionales.
Recomendación: Antes de contratar, comprueba si realmente necesitas un alta.
En ocasiones, confundimos un alta nueva con un cambio de titular, y esto puede significar tener que pagar unos costes que no deberíamos asumir.
Recuerda:
Sólo necesitas un alta nueva cuando no hay suministro anterior o cuando lleva demasiados años dado de baja.
Necesitas un cambio de titular si el suministro existe, pero no está a tu nombre, es decir, por ejemplo, cuando el contrato de suministro pertenecía al anterior propietario.
Si es este tu caso, antes de contratar un alta nueva, pregunta por el cambio de titular y consulta el siguiente contenido: