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Preguntas frecuentes
La CNMC, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que se encarga del buen funcionamiento de los mercados en interés de los consumidores y las empresas, buscando dar cumplimiento a una Directiva Europea del 2009.
Hasta entonces ha sido el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y a partir de este cambio, la CNMC definirá la parte de los costes regulados que cubren los gastos de Transporte y Distribución de la energía eléctrica (llamados Peajes).
Y el Ministerio seguirá definiendo el resto de costes regulados, como las primas a las renovables, déficits tarifarios o sobrecoste de los sistemas insulares (llamados Cargos).
Uno de los objetivos perseguidos con esta regulación es conseguir un mejor balance entre oferta y demanda de electricidad en las diferentes horas del día, evitando la saturación de las redes y fomentando los consumos eficientes.
Es efectivo desde el 1 de junio del 2021.
A todos los suministros de electricidad en el territorio nacional.
- Cambio en la nomenclatura y terminología de los peajes y cargos.
- Modificación de los calendarios de los peajes y cargos
- Cambios en la aplicación de los excesos de potencia de los peajes.
- Incorporación de un término de energía capacitiva.
Cambia la forma en la que se calcula la parte de componentes regulados de la factura eléctrica.
En la parte de “Datos de Contrato” de la factura eléctrica de cualquier Comercializadora, podrás visualizar la Tarifa de Acceso de tu suministro. Puede ser cualquiera de estas:
2.0A, 2.0DHA, 2.0DHS, 2.1DHA, 2.1A, 2.1DHS, 3.0A, 3.1A, 6.1A, 6.1B, 6.2, 6.3 y 6.4.
Para tus suministros en baja tensión, con potencia máxima contratada ≤15 kW, la tarifa de acceso pasará de tener 1 término de potencia y 1 término de energía, a 2 términos de potencia y 3 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 2.0TD.
Para tus suministros en baja tensión, con potencia máxima contratada ≤15 kW, la tarifa de acceso pasará de tener 1 término de potencia y 2 términos de energía, a 2 términos de potencia y 3 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 2.0TD.
Para tus suministros en baja tensión, con potencia máxima contratada ≤15 kW, la tarifa de acceso pasará de tener 1 término de potencia y 3 términos de energía, a 2 términos de potencia y 3 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 2.0TD.
Para tus suministros en baja tensión, con potencia mínima contratada >15 kW, la tarifa de acceso pasará de tener 3 términos de potencia y 3 términos de energía, a 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 3.0TD.
Para tus suministros en media tensión, con tensión de suministro <30kV y potencia máxima contratada ≤450 kW, la tarifa de acceso pasará de tener 3 términos de potencia y 3 términos de energía, a 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 6.1TD.
Para tus suministros en media tensión, con tensión de suministro ≥30kV y potencia máxima contratada ≤450 kW, la tarifa de acceso pasará de tener 3 términos de potencia y 3 términos de energía, a 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 6.2TD.
Tarifa de acceso 6.1
Para tus suministros en alta tensión, con tensión de suministro >1kV y <30kV, seguirás teniendo 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 6.1TD.
Tarifa de acceso 6.2
Para tus suministros en alta tensión, con tensión de suministro ≥30kV y <72,5kV, seguirás teniendo 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 6.2TD.
Tarifa de acceso 6.3
Para tus suministros en alta tensión, con tensión de suministro ≥72,5kV y <145kV seguirás teniendo 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 6.3TD.
Tarifa de acceso 6.4
Para tus suministros en alta tensión, con tensión de suministro ≥145kV, seguirás teniendo 6 términos de potencia y 6 términos de energía. Así mismo, esta tarifa de acceso pasará a denominarse 6.4TD.
- 2.0 TD: pasa a tener un único calendario todo el año para Península, Canarias y Baleares y otro distinto para Ceuta y Melilla.
- 3.0 TD y 6.XTD: se diferenciarán en 5 zonas geográficas (Península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla).
Desde Endesa te asesoramos para que pagues sólo por la potencia que necesita tu empresa. La nueva regulación incorpora novedades que contempla recargos, por lo que te recomendamos que te pongas en contacto con nosotros para que un gestor personalizado pueda ayudarte a optimizar la potencia.
No. Tu Distribuidora se encargará de todo lo necesario para que puedas adaptarte a la nueva normativa por lo que tú no tendrás que preocuparte de nada.
Si eres cliente de Endesa, en tu contrato no cambiará nada. Seguirá vigente respetándose el resto de condiciones y adaptando el cambio en los costes regulados.
Tus tarifas de acceso se adaptarán conforme a lo establecido en la normativa.
Si tu tarifa de acceso estaba ligada al calendario ATR, tus horarios cambiarán de manera automática a los nuevos horarios y calendarios.
Si tu tarifa de acceso tenía un calendario distinto al ATR, te facturaremos en las mismas condiciones que hasta ahora tanto para potencia como para energía y aplicaremos en cada factura un complemento de ajuste al alza o a la baja que regularice los costes regulados con el nuevo método de cálculo respetándote el resto de condiciones de tu contrato.
Es importante que tengas claro que desde Endesa mantendremos las condiciones de tu contrato en todo momento variando únicamente lo relativo a los componentes regulados, según nos marca la regulación tanto de la CNMC como el Ministerio.
En el caso de que realices una nueva contratación con Endesa, una vez finalizada la permanencia estipulada en contrato, tus facturas ya contemplarán los nuevos peajes y cargos.
No tienes por qué pagar más por la electricidad consumida por tu empresa. En cualquier caso, siempre dependerá de tu perfil de consumo y cómo ajustes el mismo, a los horarios establecidos en la regulación.
Desde Endesa ponemos a tu disposición un asesoramiento personalizado para que puedas valorar este impacto normativo en la factura de tu empresa.
La recomendación por parte de Endesa es que, en la medida de lo posible, traslades tus consumos a las horas en las que el precio es más económico y optimices tus potencias contratadas. De esta manera podrás conseguir importantes ahorros.
No. Al tratarse de un cambio regulatorio, se hace necesario llevar a cabo una actualización en la estructura de los mismos, atendiendo a la normativa.
Desde Endesa te informamos de los cambios en el suministro de electricidad de tu empresa, valorando su impacto en tu factura de manera detallada y transparente para que te adaptes al cambio con todas las facilidades y sin que tengas que preocuparte por nada.
Estamos a tu lado para asesorarte y mantenerte informado en todo momento sobre las novedades que afecten a tu suministro de electricidad.
Únicamente afectará a los suministros en Alta Tensión, es decir, a las futuras tarifas 6.XTD y en período horario P6. En la última publicación de la normativa de referencia, en BOE de 23 de marzo de 2021, se ha propuesto que durante un periodo transitorio no se haga efectiva esta penalización, dando tiempo a los clientes para adecuar sus instalaciones. Sin embargo, es posible que a partir de Enero de 2022 comience su aplicación y su valor podrá revisarse en los años posteriores. En todo caso asesoramos a clientes con este tipo de tarifas de acceso, para evitar las penalizaciones a través de soluciones técnicas y óptimas para compensar este tipo de energía.
No, tu contrato de suministro mantiene las condiciones negociadas con tu compañía y vigentes en el momento del cambio, hasta el vencimiento pactado en dicho contrato. Pero a partir de la entrada en aplicación de los nuevos peajes, tu compañía realizará una conversión del contrato en vigor para que se ajuste a la nueva estructura de peajes.
Para ajustar a la nueva normativa, tu compañía realizará una conversión automática, con los criterios señalados en la regulación, para las potencias actualmente contratadas. Pero en cualquier momento puedes solicitar un cambio de las mismas para ajustar a los nuevos calendarios, de hecho desde Endesa vamos a asesorar a los clientes en este sentido, e identificaremos cuales son las potencias más óptimas para el nuevo calendario de aplicación.
Tu contrato de gas no se verá afectado por este cambio, y continuará como hasta ahora. Si bien se prevé un cambio en los peajes de gas para el mes de octubre, por parte de la CNMC, de lo cual te informaremos debidamente lo antes posible.
Es otro de los conceptos que conforman los costes regulados y son independientes de los Peajes y Cargos de las tarifas de acceso. Su valor se actualiza anualmente.
A partir del 1 de junio del 2021 también se actualiza el valor de dicho concepto, y en esta ocasión lo previsible es que experimentarán una bajada respecto de su valor actual. Esto supondrá un ahorro en la factura de tu suministro eléctrico, de manera independiente a cómo te impacten los cambios de la Circular 3/2020 de la CNMC.
Este valor se encuentra incluido en el precio de tu energía, por lo que será actualizado previsiblemente a la baja de manera automática en tu precio. Los cambios de componentes regulados se trasladan de manera automática ante cualquier variación, por lo que no tendrás que preocuparte de nada.