
Los órganos de la Sociedad son la Junta General de Accionistas, el Consejo de Administración y la Comisión Ejecutiva.
Junta General de Accionistas
Los Estatutos Sociales de ENDESA, en sus artículos 18 y siguientes, así como el propio Reglamento de la Junta General de Accionistas, regulan la organización y funcionamiento de la Junta General de Accionistas. En este sentido, los accionistas constituidos en Junta General, debidamente convocada, deciden por mayoría en los asuntos propios de la competencia de la Junta. Todos los socios quedan sometidos a los acuerdos de la misma, incluso los disidentes y los que no hayan participado en la reunión.
El Consejo de Administración convocará la Junta General Ordinaria para su celebración dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio y la Junta General Extraordinaria siempre que lo estime conveniente para los intereses sociales.
Asimismo, deberá convocarla cuando lo solicite un número de socios titular de, al menos, un 5 por ciento del capital social, expresando en la solicitud los asuntos a tratar en la Junta.
La Junta General es el órgano competente para adoptar acuerdos propios de su condición de órgano soberano de la Sociedad. En particular, le corresponde:
- Resolver sobre la aprobación de las cuentas anuales individuales y consolidadas y sobre la aplicación de resultados, así como examinar, y en su caso, aprobar la gestión social.
- Nombrar, y, en su caso, reelegir o ratificar a los miembros del Consejo de Administración, sin perjuicio de la facultad de cooptación propia de éste, así como acordar su separación.
- Nombrar y, en su caso, reelegir a los auditores de cuentas, así como acordar su revocación en los casos legalmente permitidos.
- Acordar el aumento o reducción de capital, la emisión de obligaciones, la transformación, fusión, escisión o disolución de la Sociedad y, en general, cualquier modificación de los Estatutos Sociales.
- Aprobar y modificar el Reglamento de la Junta General.
- Decidir sobre aquellos asuntos sometidos a su autorización por el Consejo de Administración y sobre aquellas otras decisiones que legalmente tenga atribuidas.
Consejo de Administración
El Consejo de Administración, constituido por nueve consejeros como mínimo y quince como máximo, tiene como principal misión el impulso del gobierno de la Compañía, teniendo al respecto plenas competencias para dirigir, administrar y representar a la Sociedad en el desarrollo de las actividades que integran su objeto social, y le corresponde, entre otras, las siguientes funciones:
- Establecer la estrategia general, planes y políticas de gestión de la Sociedad y sus participadas, definir el perfil de riesgo y determinar la política de información y comunicación con los accionistas, los mercados y la opinión pública.
- Supervisar la actuación de la Alta Dirección en el cumplimiento de los objetivos establecidos, exigir cuentas de sus decisiones y hacer una evaluación de su gestión.
- Establecer y supervisar los sistemas de información establecidos con los distintos grupos de accionistas, promover la participación de los mismos en las Juntas Generales y establecer una relación de carácter objetivo, profesional y continuo con los auditores, respetando la independencia de aquellos.
Comisión Ejecutiva
La Comisión Ejecutiva estará presidida por el Presidente del Consejo y formarán parte de ella el Consejero Delegado y cuatro Consejeros. Sus competencias son, entre otras, las siguientes:
- Adoptar los acuerdos correspondientes a las facultades que el Consejo de Administración le hubiere delegado, y ejercer las funciones referentes al control de la gestión de la sociedad.
- Estudiar y proponer las directrices que han de definir la estrategia empresarial y supervisar su puesta en práctica, y analizar las alianzas y acuerdos con sociedades que por su cuantía o por su naturaleza sean relevantes para la sociedad.
- Aprobar el presupuesto anual de la sociedad con desglose de las previsiones correspondientes a cada línea de negocio, las inversiones materiales o financieras de importancia y su correspondiente justificación económica, y las operaciones financieras y programas de actuaciones a medio plazo.







